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Un juez federal de Brasil paralizó una de las mayores minas de litio del mundo por violar el territorio protegido de la comunidad de Quilombola en medio de una disputa de negocios

Apenas se conoció el fallo, las acciones de Sigma Lithium se derrumbaron en los cuatro mercados en los que cotiza. La minera ya preparó su descargo y aguarda que el tribunal revierta la decisión. Foto: la comunidad involucrada en una reyerta judicial y política.

Por Qwen y Claude

El Vale do Jequitinhonha, en el norte de Minas Gerais, es conocido en el sector minero como el “Valle del Litio” de Brasil y como “el valle del hambre” por los elevados niveles de pobreza y los bajos indices de Desarrollo Humano. Ahí opera desde 2023 Sigma Mineração S.A., la filial brasileña de la canadiense Sigma Lithium Corp., ubicada sobre el yacimiento de Grota do Cirilo, considerado uno de los mayores depósitos de litio en roca dura del planeta.

El viernes 4 de septiembre de 2026, esa operación quedó formalmente paralizada y la compañía sufrió una pérdida bursátil en tres días de mercado, de U$S260,7 millones, como resultado del derrumbe de la acción que pasó de U$S12.77 a U$S10.43, registrando una baja de U$S2.34 por papel.

Los títulos de Sigma Lithium registraron marcadas pérdidas en los cuatro mercados internacionales donde cotiza, arrastrados por el impacto de la cautelar emitida en Minas Gerais. Además de Wall Street (NASDAQ: SGML), las acciones cayeron en la Bolsa de Toronto (TSX-V: SGML) donde descendieron de CAD 17,10 a CAD 14,30 (-16,37%).

Por su parte, los Brazilian Depositary Receipts en la Bolsa de San Pablo sintieron la presión local con un repliegue superior al 17%, al tiempo que en la Bolsa de Valores de Australia, donde la compañía había hecho su debut formal precisamente el 4 de septiembre, la cotización de sus Chess Depositary acusó el derechazo al mentón y se derrumbó cerca de un 16% respecto a su precio base de apertura de 19,50 AUD para ubicarse en la zona de los 16,30.


La simultaneidad de los descensos refleja la vulnerabilidad de la empresa ante el incremento del riesgo regulatorio, ambiental y social, en un momento en que la paralización o revisión de licencias en la mina Grota do Cirilo erosiona las proyecciones de flujo de caja y la confianza de los fondos de inversión globales en el valor (y el futuro) de la compañía. La disputa tiene fundamentos económicos, políticos y de concentración geográfica. “En el caso de la minería de litio, su extracción está concentrada en cinco municipios de Minas Gerais: Itinga, Araçuaí, Nazareno, São Tiago y Divisa Alegre, ubicados en la región del Valle del Río Jequitinhonha. Tres empresas controlan la cadena productiva de litio en la región: la canadiense Sigma Mineração (responsable del 57% de la producción), seguida de la holandesa Advanced Metallurgical Group (AMG) Mineração (con un 34%) y la Companhia Brasileira de Lítio (con un 9%)”, desmenuzó en un artículo publicado en marzo de 2024 el cientista social y Doctor en Antropología Social por la Universidad de Brasilia., Ricardo Verdum.

El derrotero judicial


La decisión no llegó de un tribunal de apelaciones, como reprodujeron algunas agencias internacionales, sino de una instancia de primer grado: la Vara Federal de Teófilo Otoni, en el Valle del Mucuri, a cargo del juez Antônio Lúcio Túlio de Oliveira Barbosa, quien cuenta con un especial predicamento y respeto entre sus pares. El día de su cumpleaños número 41 sus compañeros del Tribunal Federal de Teofilo Otoni publicaron un mensaje en la red social Instagram destacando “con sincera admiración” la labor del magistrado y “su liderazgo firme, sensible y comprometido ha elevado el nivel de excelencia de la Subsección, ampliando el acceso a la justicia y fortaleciendo la prestación de servicios judiciales en toda la región”.

Sin embargo, Sigma anunció que recurrirá y resaltó en su comunicado de prensa que el fallo de Túlio de Oliveira Barbosa se trata de una tutela de urgencia —una medida cautelar, no un fallo sobre el fondo del asunto— dictada dentro de una acción civil pública.

El magistrado ordenó la suspensión inmediata de todas las licencias ambientales del proyecto y la paralización total de la lavra, con una multa diaria de hasta R$ 100.000 (unos U$S19.500) por incumplimiento, y dispuso además que el estado de Minas Gerais y la Fundación Estatal de Medio Ambiente se abstengan de emitir nuevas autorizaciones, ampliaciones o correcciones mientras dure la medida.
El territorio protegido no se limita al padrón catastral, también incluye caminos ancestrales, zonas de cultivo y de pastoreo.
La resolución fijó que la protección étnica y territorial alcanza a todo el espacio tradicionalmente ocupado por la comunidad, no solo al núcleo habitado, y condicionó cualquier reanudación de actividades a dos requisitos: que el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (Incra) apruebe los estudios del componente quilombola pendientes, y que se realice una consulta libre, previa e informada (CLPI) con la Comunidad Quilombola de Baú.

La disputa de fondo


El litigio lo impulsó la Federación de Comunidades Quilombolas del Estado de Minas Gerais, que denunció que Sigma subestimó la distancia entre el área directamente afectada por el proyecto y el territorio tradicional de Baú, en el municipio de Araçuaí, para eludir la obligación legal de consultar a la comunidad antes de operar.

“La extracción de litio en la región del Valle del Río Jequitinhonha abre la discusión sobre los costos humanos y ambientales que implica la producción de minerales para la llamada “transición energética”. En Brasil, son muy pocos los que se preguntan qué regiones serán sacrificadas para que se puedan extraer e industrializar los minerales necesarios para la transición de la matriz energética capitalista mundial, supuestamente “más limpia”. Menos aún se preguntan qué comunidades locales, indígenas y no indígenas, serán destruidas para producir la parafernalia tecnológica que caracteriza el modo de vida moderno”, analizó Verdum oportunamente.

La empresa, por su parte, más pragmática, sostuvo ante la Justicia que el emprendimiento está fuera del radio de ocho kilómetros que la normativa brasileña —con referencia del IBGE— toma como umbral presuntivo de impacto sobre comunidades tradicionales, y defendió la regularidad de las licencias estatales.
El expediente incluye un dictamen técnico del propio Incra, fechado el 26 de junio de 2026, que contradice ese cálculo: según ese organismo, el territorio de Baú está a 2,721 kilómetros del área directamente afectada por Grota do Cirilo, y el de la comunidad Genipapo Pintos, en Itinga, a 3,691 kilómetros. Ambas distancias caen dentro del radio de ocho kilómetros y ambas comunidades cuentan con certificación de autodeclaración de la Fundación Cultural Palmares, criterio que —sostiene el Incra— alcanza para activar el componente quilombola con independencia de que la titulación de la tierra esté o no concluida.

El organismo agrega que 2,7 kilómetros son insuficientes para aislar a la comunidad de impactos hídricos, atmosféricos y sonoros, dado que se trata de una explotación a cielo abierto.

“Nosotros somos la comunidad más antigua, más vieja incluso que la propia ciudad de Araçuaí.”
La frase de Antônio Cosme, conocido como Antônio Baú, presidente de la comunidad, quien recibió la decisión judicial “con buenos ojos” según la prensa local, aunque expresó su malestar porque la empresa haya alegado en el expediente desconocer la existencia de la comunidad, pese a operar en la zona desde hace más de una década. El Relatório Técnico de Identificação e Delimitação (RTID) del territorio de Baú —15.439,89 hectáreas— fue publicado en noviembre de 2023, y su proceso de regularización fundiaria lleva abierto desde 2009.

El juez rechazó el argumento de falta de interés de la comunidad en el reclamo precisamente porque esa publicación de 2023 ya activaba, a su criterio, la protección exigida en el licenciamiento.
Un dato de contexto que la cobertura internacional omitió: no es la primera vez que un proyecto minero en esa franja del Jequitinhonha choca con Baú. En 2025, el Ministerio Público Federal ya había frenado un licenciamiento ambiental irregular de otra minera de origen canadiense, MGLit (Lithium Ionic), sobre el mismo territorio quilombola, por la misma omisión de consulta previa.

Quiénes son los quilombolas de Baú


La cobertura internacional del fallo trató a la comunidad demandante como un dato de color: “una comunidad quilombola”. Vale desglosarlo, porque ahí está buena parte de la explicación de por qué esta cautelar prosperó.
El Quilombo Baú está a orillas del río Jequitinhonha, en la zona rural de Araçuaí, sobre tierras conocidas como Fazenda Santana. Sus más de ochenta familias —siete generaciones, según sus propios registros— descienden de Antônio Gonçalves Galvão y su compañera Generosa, una pareja que a mediados del siglo XIX escapó de la esclavitud en la vecina localidad de Serro y se asentó en ese punto del valle.

El propio nombre de la comunidad viene del oficio del patriarca fundador: la confección artesanal de baúles de madera tallada, una práctica que todavía conservan los mayores. La Fundación Cultural Palmares certificó a Baú como Remanente de Quilombos el 29 de junio de 2008, y su asociación civil —la Associação Quilombola Baú— tiene reconocimiento de utilidad pública municipal desde 2006.
El batuque, con sus tambores, cantos y danzas de raíz africana, funciona en Baú como una herramienta activa de resistencia territorial, no solo como folclore.
La comunidad conserva saberes ancestrales de manejo del territorio ligados a esa herencia —el batuque entre ellos, estudiado incluso en una tesis de posgrado de la Universidad Federal de los Valles del Jequitinhonha y Mucuri con coautoría del propio liderazgo local— y convive en la zona con la aldea indígena Pataxó-Pankararu de Cinta Vermelha. Quien encabeza a Baú desde hace más de una década es Antônio Cosme das Neves, presidente de la asociación y, desde 2014, integrante del Programa de Protección a Defensores de Derechos Humanos de Minas Gerais. El propio Antônio recibió amenazas de muerte reiteradas por parte de hacendados de la zona, agravadas después de la publicación del RTID en 2023, y en noviembre de 2024 el territorio sufrió un ataque armado con disparos contra las viviendas. El Ministerio de Derechos Humanos del gobierno federal repudió públicamente el ataque y expresó su solidaridad con la comunidad.

Por qué la voz de un quilombo pesa


Que una cautelar de esta magnitud —contra una minera que cotiza en cuatro mercados internacionales con clientes en Asia, Europa y Estados Unidos— haya prosperado a partir del reclamo de ochenta familias no es un capricho judicial. Tiene un andamiaje constitucional.

El artículo 68 del Acto de las Disposiciones Constitucionales Transitorias de la Constitución de 1988 reconoció a los “remanentes de las comunidades de quilombos” la propiedad definitiva de las tierras que ocupan, como forma de reparación histórica por la esclavitud.

A partir de ahí se construyó todo un sistema administrativo: la Fundación Cultural Palmares certifica la autodeclaración de cada comunidad como quilombola, y el Incra tramita después la titulación efectiva mediante el RTID. En 2018, el Supremo Tribunal Federal —al resolver la Acción Directa de Inconstitucionalidad 3.239— confirmó la validez del criterio de autodeclaración como base suficiente de ese reconocimiento, sin exigir prueba antropológica adicional para activarlo.
Ese entramado explica por qué la Justicia le dio curso a la cautelar aun antes de que exista un título de propiedad definitivo sobre la tierra de Baú: la sola certificación de Palmares y la publicación del RTID de 2023 bastan, según el criterio del Incra que el juez adoptó, para activar la obligación de consulta previa. Dicho de otro modo: el peso de Baú ante la Justicia no depende de su tamaño demográfico ni de su capacidad de lobby, sino de un derecho constitucional específico, reparatorio y ya validado por la máxima instancia judicial del país.
Una lectura política: ¿a quién le habla este fallo?
Es una pregunta legítima, y conviene contestarla con lo que hay y no con especulación: el fallo de Teófilo Otoni no menciona al presidente Luiz Inácio Lula da Silva ni fue dictado contra su gobierno. Pero cae en medio de una tensión real dentro del propio Estado brasileño, que vale la pena explicar.
Lula impulsa desde hace meses la Política Nacional de Minerales Críticos y Estratégicos, con apuro explícito por dejar firmadas sus normas reglamentarias apenas se sancione, y con incentivos y prioridad de licenciamiento para proyectos del sector. Organizaciones indígenas, quilombolas y de trabajadores denunciaron que ese proyecto se negoció “a puertas cerradas” en el Senado, sin participación social, y advirtieron que la prioridad de licenciamiento puede terminar erosionando garantías ya conquistadas, como la propia consulta previa que ahora frena a Sigma.

Un observatorio especializado documentó, en paralelo, que al menos dos mil solicitudes de exploración de minerales críticos —litio incluido— se superponen o están a menos de diez kilómetros de tierras indígenas en todo el país.
En ese contexto, el fallo de Baú puede leerse de dos maneras, no necesariamente excluyentes. Una: como un freno judicial —desde un poder del Estado independiente del Ejecutivo— a la velocidad con la que el propio gobierno de Lula busca destrabar licenciamientos mineros en nombre de la estrategia de minerales críticos. Otra: como una señal de que, dentro de ese mismo gobierno, el aparato de derechos humanos —el Incra, el Ministerio de Derechos Humanos, que ya se había pronunciado a favor de Baú tras el ataque de 2024— sostiene una agenda de protección territorial que no siempre corre al mismo ritmo que la agenda industrial del Palacio de Planalto. Lo verificable es que el fallo no nació del Poder Ejecutivo sino de la Justicia Federal, y que golpea justamente al tipo de proyecto que la política de minerales críticos pretende acelerar.

La respuesta de Sigma Lithium


Sigma Lithium difundió el 7 de septiembre —un día antes de que los tribunales brasileños reanudaran su actividad tras un feriado nacional de tres días y el mismo día que sus acciones cayeron en el panel NASDAQ un 10,43%— un comunicado en el que aseguró que sus operaciones mineras e industriales continúan funcionando con normalidad y que la compañía no ha recibido notificación legal formal de la medida cautelar.

La empresa relativizó el fallo y lo calificó como “preliminar” y sostuvo que fue dictado sin debido proceso, en lo que consideró una anomalía “en disonancia con el sólido Estado de derecho” brasileño.
Sigma rechaza de manera categórica que la cautelar deje sin efecto el acuerdo alcanzado en agosto con las autoridades ambientales del estado.
La compañía niega también, de forma expresa, que la decisión judicial anule el Término de Ajuste de Conducta (TAC) que había firmado en agosto con el gobierno de Minas Gerais —un acuerdo que le había permitido retomar actividades después de que, en julio, inspectores estatales embargaran preventivamente la mina por infracciones ambientales separadas, vinculadas al manejo de residuos. Precisamente ese TAC es uno de los puntos que la orden federal alcanza, al suspender la totalidad de las licencias, deja también en suspenso el marco que sostenía el acuerdo estatal.
La empresa remarcó que la multa diaria prevista en el fallo solo sería exigible si la causa termina con una sentencia definitiva desfavorable, tras agotar las instancias de apelación —incluidos los tribunales superiores—, un proceso que, de acuerdo a la jurisprudencia citada por la propia compañía, podría demorar varios años. Con este criterio, ningún pago sería exigible en lo inmediato. Sigma adelantó que iniciará su defensa legal el 8 de septiembre, cuando se reanude la actividad judicial ordinaria, y reiteró su compromiso con “los más altos estándares” de gestión ambiental y de relación con las comunidades del Vale do Jequitinhonha.

Una oleada que viene de 2025



El conflicto de septiembre se inscribe en una seguidilla de litigios que atraviesa todo 2026. En mayo, un juzgado local de Araçuaí dictó una medida que contemplaba una garantía de U$S 10 millones por presuntas irregularidades ambientales, en medio de lo que la empresa denunció como una campaña de “fake news” que coincidió con una caída del 15% en su cotización pese a resultados récord en el primer trimestre.

Sigma apeló, presentó doce meses de datos ambientales —recolectados y verificados por terceros— sobre polvo, ruido y vibraciones, y en junio el Tribunal de Justicia de Minas Gerais revirtió esa cautelar, aunque exigió a la compañía financiar una consultora técnica independiente para el monitoreo continuo de esos impactos.

En julio, un nuevo embargo estatal por manejo irregular de residuos derivó en el TAC de agosto que la orden de septiembre vuelve a poner en cuestión.
A ese historial se suma una investigación periodística de Repórter Brasil, publicada en 2026 en conjunto con CLIP y el Pulitzer Center, que cuestionó la narrativa de litio “cinco veces cero” —una promesa de mitigación total de impactos ambientales que la empresa utiliza como diferencial comercial— al vincular sus créditos de carbono con un proyecto de compensación en la Amazonía sospechado de deforestación, apropiación irregular de tierras públicas y corrupción. Un dato que conecta directamente esa investigación con la disputa territorial actual. Uno de los primeros cargamentos de litio “sostenible” que salió de Grota do Cirilo tuvo como destino al grupo chino Yahua, proveedor de hidróxido de litio para Tesla y BYD.
Investigadores de cuatro universidades brasileñas, junto con la London South Bank University del Reino Unido, documentaron este año —en el marco de un proyecto llamado LIQUIT— viviendas agrietadas y polvo constante generado por el tránsito de camiones mineros en localidades próximas a la mina, además de advertencias sobre la disponibilidad de agua en una región semiárida.

El estudio señaló que el método de extracción a cielo abierto de Sigma genera mucho más estéril —material de descarte— que las alternativas subterráneas.

Por qué a Ford, LG y China les importa lo que pase en Araçuaí


Grota do Cirilo no es una mina del montón. Su capacidad nominal ronda las 330.000 toneladas anuales de concentrado de óxido de litio, y la compañía proyecta escalar 240.000 toneladas en los próximos 12 meses y 330.000 en el año fiscal 2027, en el marco de una segunda fase de expansión ya en construcción. Cerca de una cuarta parte de esa producción está comprometida con la surcoreana LG Energy Solution; el resto se coloca en el mercado spot, con compradores que incluyen a la china Yahua.
La mina quedó, en algún momento de los últimos años, en el radar de casi todos los polos de la industria global de baterías, incluyendo a gigantes de la talla de Tesla, CATL, Volkswagen y la china CMOC.
Ese mapa de intereses ilustra bien la tensión de fondo que atraviesa al litio brasileño: no es solamente una disputa entre “Occidente” y “el resto”. Entre 2023 y 2024, Sigma exploró activamente su venta con el asesoramiento de Bank of America. Tesla llegó a acercarse sin concretar una oferta, y hacia fines de 2023 los postores mejor posicionados eran la fabricante china de baterías CATL y la automotriz alemana Volkswagen, mientras la minera china CMOC también evaluó el activo.

La compañía finalmente optó por no vender y duplicar su capacidad. Ese detalle es clave para leer el caso. La demanda por el litio de Araçuaí atraviesa por igual a fabricantes surcoreanos, chinos (Yahua controlada por el sector público con el 73% de las acciones), alemanes y estadounidenses, todos dependientes de un mismo yacimiento en el Sur Global cuya legalidad hoy está bajo revisión judicial por el reclamo de una comunidad afrodescendiente tradicional.
Los derechos territoriales que invoca Baú no son una construcción reciente sino que se remontan al artículo 68 del Acto de las Disposiciones Constitucionales Transitorias de la Constitución de 1988, que reconoció a las comunidades quilombolas la propiedad definitiva de las tierras que ocupan históricamente. Ese marco jurídico (y no una ocurrencia de un juez popular aislado) es el que sostiene tanto el reconocimiento de Baú por la Fundación Cultural Palmares como la exigencia de consulta previa que hoy paraliza la mina.

Cómo sigue


El fallo ordenó una pericia cartográfica de georreferenciamiento, con honorarios adelantados por la propia Sigma, para establecer de manera concluyente la distancia entre el perímetro del proyecto y el territorio de Baú, con un plazo de entrega de 45 días. De ese informe depende buena parte de la discusión técnica. De confirmarse los cálculos del Incra, la empresa deberá completar el Estudio del Componente Quilombola, el Proyecto Básico Ambiental Quilombola y el informe de ejecución final, además de someterse a la consulta previa, antes de poder reanudar la extracción. El fallo tiene lugar tres días después que Sigma anunció que comenzará a operar en el mercado de valores de Australia
Casi en paralelo, el 8 de septiembre —el día posterior al comunicado de la empresa— es la fecha en que Sigma anunció que presentará formalmente su defensa ante la Justicia Federal, con apelaciones previsibles ante instancias superiores, incluidos los tribunales federales de segundo grado y, eventualmente, cortes superiores.

Mientras tanto, la compañía sostiene que sus operaciones no se detuvieron en los hechos, una afirmación que contrasta con el texto expreso de la cautelar y que probablemente sea uno de los primeros puntos que la Justicia deba resolver cuando se reanude la actividad judicial ordinaria.

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